Contravenciones son todas aquellas
conductas que atacan o entorpecen la armónica convivencia social, la prosperidad
individual y colectiva y la actividad del Estado encaminada al bien común y al
armónico desarrollo social. Dichas conductas, una vez cometidas por las
personas, dan lugar a la aplicación de una sanción.
Estas conductas pueden consistir en
un hecho positivo (hacer) o negativo (omitir) y se caracteriza por erigirse en
un obstáculo a la convivencia normal. Entorpecen o impiden la dinámica social y
en particular la actividad estatal encaminada al bien común.
Por lo común afectan valores tales
como la moralidad pública, la tranquilidad, las buenas costumbres los servicios
públicos ( sean que lo presten particulares o lo preste el Estado) y otras
condiciones necesarias para la vida organizada en comunidad.
ANÁLISIS:
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Conducta: es toda
acción u omisión que realiza una persona. Se trata de hechos concretos externos
capaces de ser captados a través de los sentidos. En este sentido, los
pensamientos, los sentimientos, los deseos no son conductas. Por ejemplo,
agredir físicamente a una persona es una conducta externa y observable, en
cambio tener malos pensamientos sobre una persona no es una conducta observable
por lo tanto no constituye una falta.
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Que atacan o
entorpecen: esto quiere decir que se trata de conductas individuales que de
algún modo alteran o pueden llegar a alterar un orden establecido.
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Bien común: hace referencia a los valores y
derechos que son aplicables al conjunto de los miembros de una comunidad más
allá de los intereses individuales de cada uno de ellos. Forman parte del bien
común: la seguridad, la paz social, la armónica convivencia, el bienestar
general, la prosperidad de la comunidad, la moral y las buenas costumbres.
Estos valores se encuentran por encima de los intereses de cada individuo, por
ejemplo: conducir un vehículo a alta velocidad para llegar a tiempo a un
determinado lugar, es un interés individual que atenta contra el bien común de
la seguridad de los ciudadanos.
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