Art. 15.Penas principales y accesoriasPenas contravencionales principales: (se aplican de manera autónoma)
- La multa,
- el arresto
- sus sustitutos.(art 16)
Serán penas accesorias:(siempres acompañarán a una pena principal)
- la inhabilitación,
- el comiso
- la clausura.
a) El arresto domiciliario y/o arresto de fin de semana.Sucede que por razones laborales, o de edad, el condenado no puede cumplir con por ej los 10 días de arresto, por eso se lo sustituye por arresto domiciliario o de fin de semana hasta que cumpla la totalidad de la condena.
b) La multa. (Cada día multa es = $10.-).
c) El servicio comunitario en tiempo libre. Ej cortar el pasto en la Escuela del Barrio
d) Prohibición para acudir a determinados lugares. Puesto que su conducta es peligrosa y para prevenir futuros conflictos se le prohibe entrar a determinados espectáculos públicos.
e) Tratamiento médico obligatorio. Ejemlo: Es el caso de alcoholismo
f) Instrucciones especiales. Determinadas instrucciones que debera cumplir.
RECORDAR QUE:
El fin del Derecho Contravencional, es EVITAR o PREVENIR LA COMISION DE DELITOS. Y por eso el fin de estas penas (art 10) es evitar que el contraventor recaiga en la comisión de una nueva contravención (Prevención Especial) y/ o que la sociedad cometiera contravenciones (Prevencion Gral.)
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